Universidad Nacional de San Juan | Escuela Industrial Domingo Faustino Sarmiento
San Juan / Argentina

INSTITUCIONAL

CONSIDERACIONES IMPORTANTES

ELECCIONES de Centro de Estudiantes y representantes alumnos para el Consejo Escolar Asesor- CEA-

Fecha: 02-06-2023

Enviar por e-mail

CONSIDERACIONES ELECCIONES CENTRO DE ESTUDIANTES
La Resolución Nº 102/19-EI aprueba el ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES.  A continuación se mencionan algunos aspectos a tener en cuenta para las elecciones:

•    La COMISIÓN DIRECTIVA será elegida por medio de acto eleccionario del que participarán voluntariamente los estudiantes de 2º a 7º año de la escuela según cronograma establecido por la Junta Electoral.
•    La COMISIÓN DIRECTIVA estará conformada por veintiún (21) miembros distribuidos de la siguiente manera:

o    Presidente
o    Vice-Presidente
o    Secretario General
o    Secretario y Sub-Secretario de Finanzas.
o    Secretario y Sub-Secretario de Asuntos Estudiantiles.
o    Secretario y Sub-Secretario de Prensa y Difusión.
o    Secretario y Sub-Secretario de Cultura.
o    Secretario y Sub-Secretario de Recreación y Deportes.
o    Secretario y Sub-Secretario de Medioambiente.
o    Secretario y Sub-Secretario de Proyectos Solidarios.
o    Secretario y Sub-Secretario de Asuntos Exteriores.
o    Secretario y Sub-Secretario de Mantenimiento.

•    El sistema  de elección  establecido para conformar la Comisión Directiva contempla la representación de las minorías y se aplicará de la siguiente manera: Los miembros ejecutivos (Presidente, Vice-Presidente y Secretario General) serán asignados a la lista de candidatos que obtenga la mayoría de los votos válidamente emitidos en los comicios. En el caso de la distribución de las Secretarías se tendrá en cuenta sistema de proporcionalidad, conocido sistema D’Hont, el  cual tendrá en cuenta la cantidad de votos que obtengan cada uno de las Listas participantes.
•    Para conformar la Lista de Candidatos para la Comisión Directiva del Centro del Estudiantes se deben tener en cuenta los siguiente aspectos:

•    Ser alumno regular del establecimiento, de 4º a 6º año (Res. Nº102/19-EI, Art. 17º y 19º)
•    Tener 15 (quince) año de edad como mínimo. (Res. Nº102/19-EI, Art. 19º)
•    Tener solo 1 (una) materia previa. (Res. Nº102/19-EI, Art. 19º)
•    Se admite un máximo de hasta 4 (cuatro) integrantes pertenecientes a un mismo curso. (Res. Nº102/19-EI, Art. 19º)

 

CONSIDERACIONES ELECCIÓN REPRESENTANTES ALUMNOS CEA
La Ordenanza Nº 13/89-CS aprueba la creación del CONSEJO ESCOLAR ASESOR (CEA) para cada uno de los Institutos Preuniversitarios dependientes de la UNSJ. A continuación se informan algunos aspectos para tener en cuenta y conocimiento:
MISIÓN:
Asesorar al Director acerca de todo lo inherente d a enseñanza media en la Universidad, con competencia en el ámbito del establecimiento escolar. 
ALGUNAS FUNCIONES:


•    Proponer modificaciones a los planes de estudio y/o a los regímenes de promoción, previa intervención, por parte de los grupos académicos afectados.
•    Proponer sugerencias referidas a normas, disposiciones y reglamentos vigentes. 
•    Promover las acciones tendientes a la obtención de becas de ayuda económicas y/o capacitación para alumnos del establecimiento.
•    Proponer la adjudicación de becas en las que intervienen.
•    Promover la actualización pedagógica y la adecuación administrativa, de acuerdo con las necesidades presupuestarias.


CONSTITUCIÓN: 

o    Director
o    Regente Docente
o    Profesores
o    Jefes y Ayudantes de Trabajos Prácticos
o    Docentes del Área de Apoyo y Contralor Estudiantil
o    No Docentes
o    Padres 
o    Alumnos
o    Egresados Diplomados
o    Maestros de Enseñanza Práctica


ESTUDIANTES: 

o    Como votantes, ser estudiante regular del establecimiento y elegir por medio del voto directo. Por lo tanto votan estudiantes de 1º a 7º año.
o    Como candidatos, cursar uno de los dos últimos años del nivel y ser alumno/a por el periodo estipulado para su mandato. La lista debe tener un candidato titular y otro suplente.
 

×